viernes, 8 de junio de 2007

NUEVO REGLAMENTO LOPD: Novedades con "El Deber de Información"

Dos nuevos Artículos en el Reglamento de desarrollo de la LOPD (en proyecto todavía), plasman perfectamente, que la acreditación del deber de información es obligatoria, y que la recogida de datos de menores (en principio menores de 14 Años) deba de efectuarse según condiciones especificas.
A saber:

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CapituloII: Deber de información al interesado

Artículo 15. Acreditación del cumplimiento del deber de información.
1. El deber de información al que se refiere el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, deberá llevarse a cabo a través de un medio que permita acreditar su cumplimiento, debiendo conservarse mientras persista el tratamiento de los datos del afectado.
2. El responsable del fichero o tratamiento deberá conservar el soporte en el que conste el cumplimiento del deber de informar. Para el almacenamiento de los soportes, el responsable del fichero o tratamiento podrá utilizar medios informáticos o telemáticos. En particular podrá proceder al escaneado de la documentación en soporte papel, siempre y cuando se garantice que en dicha automatización no ha mediado alteración alguna de los soportes originales.

Artículo 16. Deber de información a menores de edad.
1. Cuando el tratamiento se refiera a datos de menores de edad, la información dirigida a los mismos deberá expresarse en un lenguaje que sea fácilmente comprensible por aquéllos, con expresa indicación de lo dispuesto en el artículo 10.3.
2. Corresponderá al responsable del fichero o tratamiento articular los procedimientos que garanticen que se ha comprobado de modo efectivo la edad del menor y la autenticidad del consentimiento prestado en su caso, por los padres o representantes legales.


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Menos mal, dice támbien en el Articulo 11 del mismo Reglamento:

...En particular, cuando se trate de responsables que presten al afectado un servicio de facturación periódica, la comunicación podrá llevarse a cabo de forma conjunta a la facturación del servicio prestado.

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